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QUIENES SON
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RAMÓN LABAÑINO
Héroe de la República
de Cuba
¡Esta condena
no puede ser más irónica e injusta!
¿Cuántas muertes
más de seres humanos inocentes tenemos que presenciar para que
se acabe esta política loca y absurda hacia Cuba? ¿Cuántas
vidas más de seres humanos hay que esperar que se pierdan para
que el FBI cumpla realmente con su deber y detenga a los reales criminales
y terroristas de su propio pueblo de Estados Unidos? ¿Es que acaso
esta "lucha contra el terrorismo" es pura retórica?
(Alegato presentado
por el compañero Ramón Labañino Salazar en la vista
de sentencia celebrada el jueves 13 de diciembre del 2001)
Nació el 9 de junio de 1963 en el
seno de una familia humilde, de origen campesino, en el municipio Marianao.
Hijo de Nereyda Salazar Verdui (fallecida) y Holmes Labañino Castillo.
En el municipio habanero de la Lisa Ramón realizó los estudios
primarios, secundarios y preuniversitarios, con muy buenos resultados
académicos, destacándose por su participación en
actividades productivas y deportivas.
En el período comprendido entre 1980-86 cursó los estudios
universitarios en la especialidad de Economía, hasta graduarse
con Diploma de Oro. En la universidad se destacó en las actividades
deportivas, participó en todos los juegos Caribe y algunos Manicatos,
y fue al mismo tiempo el graduado más destacado en la cátedra
militar durante los 5 años de la carrera.
Se le otorgó la militancia en la Unión de Jóvenes
Comunistas (UJC) en 1987 y posteriormente, en 1991, el ingreso en el Partido
Comunista de Cuba (PCC).
En junio de 1990 contrae matrimonio con su actual esposa, Elizabeth Palmeiro
Casado, con quien tiene dos hijas: Laura Labañino Palmeiro y Lizbeth
Labañino Palmeiro. De un matrimonio anterior tiene a su hijas mayor,
Ayli Labañino Cardoso. A pesar de sus ausencias prolongadas del
país, le ha prestado mucha atención a sus hijas, expresando
constantemente su gran cariño por ellas y manifestando su preocupación
por su desarrollo y educación.
Debido al cumplimiento de sus misiones en el exterior, no pudo compartir
con su esposa los momentos del embarazo ni el nacimiento de sus dos hijas
más pequeñas.
Desde principios de la década del 90 sale a cumplir misión
en EE.UU., encargándose de importantes y riesgosas tareas, dirigidas
contra los grupos contrarrevolucionarios radicados en Miami, que cobijados
por el imperio incrementaron ostensiblemente la realización de
actividades terroristas y de desestabilización durante la década
del 90 contra nuestro país.
El 12 de septiembre de 1998 Ramón fue detenido en Estados Unidos
en un operativo del Buró Federal de Investigaciones contra una
supuesta red de espías . Encarcelado desde entonces no fue hasta
el 21 de enero del 2001 que pudo comunicarse con su familia, por primera
vez en 17 meses, a través de una carta.
El 17 de junio Ramón y sus cuatro compañeros acusados de
conspiración para cometer espionaje emitieron un mensaje al pueblo
norteamericano, en el que explican las razones de su presencia en ese
país.
El 3 de agosto del 2001 el Parlamento cubano emitió una declaración
de condena de la situación en que se encontraban los cinco cubanos
injustamente prisioneros en EE.UU.
El 12 de diciembre del 2001 se efectuó la vista de sentencia contra
Ramón Labañino Salazar en el transcurso de la cual, una
vez presentados los alegatos del informe de pre-sentencia y también
la información de su abogado defensor, finalmente fue sentenciado
a la pena de cadena perpetua más 18 años. Ramón dio
lectura a su alegato de autodefensa .
El 29 de diciembre de ese año El Parlamento cubano, en su sesión
especial, otorgó el Título Honorífico de "Héroe
de la República de Cuba" a los cinco cubanos antiterroristas
condenados a arbitrarias penas de cárcel; concedió la Orden
"Mariana Grajales" a las madres y la Orden "Ana Betancourt"
a las esposas. Se aprobó además llamar al 2002 "Año
de los Héroes Prisioneros del Imperio".
Fuente: ICAP
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Luís Medina
# 58734-004
Postal address USP BEAUMONT
P.O. BOX 26035 Beaumont, TX. 77720
Telef: 409-727-8188 Fax: 409-626-3700
Ramón Labañino, condenado a cadena perpetua
por el cargo de conspiración para cometer espionaje, más
18 años por los cargos de conspiración
para cometer delito contra Estados Unidos, documentación falsa
y agente extranjero sin previa declaración al Fiscal de Estados
Unidos.
ALEGATO
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